junio 1, 2026

El hemeroscopio

Crónica y análisis de la información diaria.

La consejera socialista saca al jefe de ETA «Txeroki» de la cárcel

El sistema penitenciario vasco vuelve a situarse en el centro de la polémica tras la concesión de un régimen de semilibertad a Garikoitz Aspiazu Rubina, conocido como «Txeroki». El que fuera jefe militar de la banda terrorista ETA podrá abandonar de forma inminente la prisión de Martutene, en Guipúzcoa, para trabajar de lunes a viernes, debiendo regresar al centro penitenciario únicamente para pernoctar. Esta medida se ha articulado a través del artículo 100.2 del Reglamento Penitenciario, una herramienta excepcional que permite flexibilizar el cumplimiento de la condena sin necesidad de que el reo progrese al tercer grado.

Un historial de sangre y condenas de 400 años

Txeroki fue el máximo líder del aparato militar de ETA hasta su detención en Francia a finales de 2008. Tras cumplir condena en territorio francés, fue entregado a España en agosto de 2024, tras solicitar él mismo el traslado acogiéndose a la normativa europea de reconocimiento mutuo de resoluciones penales. A pesar de que el límite de cumplimiento efectivo en España es de 40. años, sobre él pesan sentencias que suman más de 400 años de prisión por crímenes de extrema gravedad:

  • 377 años por una veintena de intentos de asesinato en el atentado de 2002 contra la socialista Esther Cabezudo.
  • 18 años por el intento de asesinato de Marisa Guerrero, delegada de Antena 3, mediante un paquete bomba.
  • 9 años por un atentado frustrado en Castellón en 2007.
  • Procesamiento por el atentado en la T4 del aeropuerto de Barajas en 2006, que acabó con la vida de Diego Armando Estacio y Carlos Alonso Palate, rompiendo la tregua de aquel entonces.
  • Imputaciones pendientes por su responsabilidad en la cúpula de la banda en ataques como el de la comisaría de la Ertzaintza en Ondarroa en 2008.

El auge del artículo 100.2 en el País Vasco

Desde que el Gobierno de España cedió las competencias penitenciarias al Ejecutivo vasco en el verano de 2021, el uso del artículo 100.2 ha experimentado un crecimiento notable en casos vinculados al terrorismo. Según datos oficiales de la Consejería de Justicia y Derechos Humanos, a fecha de enero de 2026, una treintena de presos de ETA se han beneficiado de esta medida.

Las estadísticas revelan una tendencia clara: entre octubre de 2021 y mayo de 2025, el Gobierno vasco resolvió favorablemente 35 aplicaciones de este régimen flexible. De ellas, 30 (el 85%) fueron destinadas a miembros de la banda terrorista, mientras que solo cinco se aplicaron a presos comunes. En la actualidad, 18 presos de la organización armada permanecen bajo este régimen de semilibertad, mientras que el resto han progresado de grado o cumplido su condena.

Reacción política: «La amnistía más inmoral»

La noticia ha generado un terremoto en el panorama político nacional. Desde el Partido Popular, se ha calificado la medida como la «amnistía más inmoral» otorgada por el Ejecutivo central. La formación conservadora vincula directamente estas concesiones penitenciarias con los pactos de investidura y la necesidad de apoyo parlamentario de formaciones como EH Bildu.

Se critica que un terrorista con el historial de Txeroki pueda gozar de privilegios sin haber colaborado con la Justicia para esclarecer los 376 asesinatos de ETA que aún permanecen sin resolver. Para la oposición, este modelo de gestión penitenciaria representa un «pacto encubierto» que utiliza la laxitud de la ley para vaciar las cárceles de presos de la banda a cambio de estabilidad política.

El clamor de las asociaciones de víctimas

Para las asociaciones de víctimas como la AVT, Covite y Dignidad y Justicia, la salida diaria de Txeroki es un «fraude de ley» y un nuevo «varapalo» moral. Denuncian que el artículo 100.2 se ha convertido en un «coladero» legal que permite la semilibertad de facto para criminales sanguinarios sin que exista un arrepentimiento real ni una colaboración efectiva con los tribunales.

  • Falta de transparencia: Las víctimas denuncian que la Consejería de Justicia, liderada por María Jesús San José, oculta información relevante sobre la identidad de los beneficiados.
  • Impotencia jurídica: A diferencia del tercer grado, la legislación actual limita la capacidad de las víctimas para recurrir la aplicación del 100.2, lo que genera una sensación de indefensión.
  • Crítica al modelo: Las asociaciones sostienen que firmar un documento genérico de perdón no debería ser suficiente para acceder a beneficios cuando el reo no ayuda a resolver crímenes pendientes.

Aunque la medida ya cuenta con la propuesta de la Junta de Tratamiento, fuentes jurídicas recuerdan que el juez de Vigilancia Penitenciaria de la Audiencia Nacional debe dar el visto bueno definitivo, previo informe de la Fiscalía, que tendrá la última palabra sobre si el exjefe militar de ETA comienza efectivamente su actividad laboral fuera de los muros de la prisión este próximo lunes.

Copyright © Todos los derechos reservados. | Newsphere por AF themes.
error: Contenido protegido !!